Yecasa, la empresa que ha recibido la autorización de consejo de adminstración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas para poder contratar directamente sus estibadores sin necesidad de disponer de la mano de obra derechista que hasta ahora ha monopolizado el mercado, ha recibido una avalancha de candidatos para ser operador de estiba en el puerto de Las Palmas, según pudo constatar este martes un redactor de Puertos928 que se hizo pasar por un peticionario de empleo. Diversas ETT de Canarias han abierto esta plaza laborar en sus ofertas de trabajo.
La empresa espera iniciar en breve sus operaciones de manejo de graneles en Arinaga a pesar de las barreras que ha encontrado por el sindicato patronal de estibadores que está en la órbita de Lavinia y de la central conservadora de profesionales portuarios. La empresa lleva desde 2009 intentado operar en Las Palmas. La corriente de estibadores conservadores ha anunciado dos cosas: un recurso judicial y movilizaciones. En Canarias hay 43% de desempleo y los empleados protegidos por normas que vienen de 1986 y cobrarían con extras 8.800 euros mensuales. Yecasa ha roto, a pesar de los esfuerzos de la CEOE de Las Palmas por impedirlo y el no apoyo de Fedeport (gestionada por Boluda) el círculo vicioso que ha unido a empresarios y estibadores en un mismo paraguas sindicopatronal.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró inadmisible la cuestión prejudicial que le había planteado la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sobre el acuerdo marco de la estiba porque el regulador español no es un órgano jurisdiccional nacional. En una sentencia emitida, el alto tribunal europeo argumenta además que el procedimiento sancionador que ha dado lugar a la pregunta prejudicial es de carácter administrativo y no jurisdiccional.
Desde 1986 la estiba ha gozado de un régimen especial por el que se obligaba a las empresas de estibadores a ser accionistas de las SAGEP y a contratar prioritaria y exclusivamente a los trabajadores vinculados a las mismas. En 2014, una sentencia del TJUE obligó a España a modificar esta legislación por considerar que no respetaba la libertad de establecimiento de empresas, algo que la Comisión Europea venía pidiendo hacer desde 2012.
Para darle cumplimiento, el Gobierno aprobó en 2017 un real decreto que establecía la plena libertad de contratación de los trabajadores y eliminaba la obligación de las empresas estibadoras de participar en las SAGEP. Esto obligó a modificar ese mismo año el IV Acuerdo Marco suscrito por la patronal y los sindicatos, que alcanzaron un nuevo acuerdo en forma de convenio colectivo.
La CNMC consideró que en este se habían introducido obligaciones comerciales entre operadores que iban más allá del ámbito de la negociación colectiva y de lo contemplado en el decreto ley, lo que podía suponer una restricción al derecho de separación y libre competencia, por lo que inició un expediente sancionador.
Sin embargo, antes de finalizar la tramitación de dicho expediente, el Gobierno aprobó un real decreto ley que, según la CNMC, podría tener un efecto retroactivo dado que otorga de nuevo a los agentes sociales la posibilidad de establecer mediante acuerdos una subrogación obligatoria de las empresas estibadoras en el personal de la SAGEP.
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